martes, 18 de febrero de 2014

Delitos Viales: Otra derrota...

Habitualmente escribo yo y suelo incluso opinar sobre el tema de los delitos viales. a criterio del autor necesarios (imprescindibles). Lo repito cada vez que ocurre un siniestro como aquel del Audi TT. e incluso lo repetí cuando la "Tragedia de Mendoza". 
Los delitos viales so necesarios para educar a las generaciones venideras castigando cuando corresponde a las actuales.
Imagínese señor lector que yo hoy le dijera que a partir de mañana las mujeres no pueden votar más... o que las personas de recursos menores no tienen más derecho a votar... 
Claro, en nuestra "normalidad" es impensado pero algún día lo "normal" hace décadas y/o siglos dependiendo el caso, si lo era y no estaba en discusión... 
... Es que las sociedades EVOLUCIONAN, crecen, de acuerdo a los cambios socioeconómicos y culturales que se suceden... Pero claro, algunos políticos Argentinos en algunas materias nos siguen tratando como hace siglos.
Recién mencioné la "Tragedia de Mendoza" y me hace acordar mucho a la "Tragedia de ECOS" aquel colegio con chicos que venían de un viaje solidario en Chaco. Aquel día murieron 9 personas... Condena para el conductor: 3 años de prisión en suspenso...
Yo quiero decirle y con esto termino: imagine que el conductor del camión de la "Tragedia de Mendoza" no hubiese muerto...
... Con la legislación penal vigente usted sabe cuánto hubiese sido la pena efectiva que hubiese tenido que cumplir???
No le voy a arruinar el día señor lector, pero créame que hubiese sido una indignación nacional basada en la impotencia y en leyes que no contemplan este tipo de delitos, por eso es importante que exista una ley donde un conductor que conduce con 1.3 de alcohol en sangre tenga que IR PRESO, y no por matar, sino por conducir en ese estado. El código penal está siendo revisado hoy mismo y le cuento que quienes están trabajando el proyecto esto que le comento no lo tienen en cuenta, yo en parte lo entiendo. Quizás sea porque los intereses son otros.

Lic. Axel Dell'olio.


En esta nota Ema Cibotti, gran profesional y luchadora respecto a este tema, explica datos técnicos que debemos tener en cuenta:

El nuevo Código pretende olvidar el delito vial

POR EMA CIBOTTI HISTORIADORA, PRESIDENTA DE ACTIVVAS, ASOCIACION CIVIL CONTRA LA VIOLENCIA VIAL

18/02/14
El anteproyecto de reforma del Código Penal olvida el delito vial. Sin embargo en nuestro país la violencia vial representa un grave trauma social, hay más de 5.000 muertes anuales según datos fiables de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Un flagelo que, por cierto, también tiene escala global, pues cruzar en rojo, violar el máximo de la velocidad permitida y o conducir alcoholizado, son graves transgresiones en todas las geografías humanas. Pero las historias que de ello se derivan son distintas. Mientras en los países vecinos estas conductas motivan sanciones penales severas, y de cárcel efectiva cuando se ha segado una vida humana, en nuestro país la administración de justicia casi siempre se resiste a castigarlas. Como si las penas no tuvieran poder disuasorio, aunque así lo crean nuestros vecinos.
Ahora, el comité de expertos que redactó el anteproyecto del nuevo Código Penal ha decidido inclusive dar marcha atrás sobre lo que se había felizmente legislado. Hace apenas 5 años, los familiares de víctimas viales, y las asociaciones que integramos, saludamos con expectativa la ley 26362 contra las “picadas” callejeras.
El texto que entonces sancionó el Congreso Nacional (art. 193 bis) no solo reprimía con prisión de 6 meses a 3 años al conductor sino que imponía la misma pena “a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin”. Párrafo fundamental, porque las picadas clandestinas requieren de organización sistemática, no son solo fruto de malas conductas individuales, azarosas o espontáneas, incluyen a muchos partícipes, y a menudo hay apuestas de dinero.
El recuerdo del denominado Caso Cabello campeaba en nuestros corazones como en la cabeza de todos los legisladores que votaron esa ley en 2008.
¿Por qué razón este párrafo no aparece en la redacción actual?
No hay voluntad de aumento de las penas para los hechos de tránsito. En la letra del Código vigente (84) se advierte que “la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor”.

Pero en el anteproyecto de marras este artículo se contradice porque eleva el máximo a 8 pero baja a 1 año la pena mínima.
¿Qué sentido tiene hablar de conducta temeraria cuando el autor puede quedar eximido de pena si a consecuencia del hecho sufre algún padecimiento?
También desaparece la figura de la reincidencia. La madre que clame: ¡atropelló a mi hija, pero ya lo había hecho una vez!
clamará en el desierto. ¿Para qué sirve el derecho si no sacia ni un poco la sed de justicia?
Fuente: http://www.clarin.com/cartas_al_pais/nuevo-Codigo-pretende-olvidar-delito_0_1087091323.html

1 comentario:

  1. Para mi el nuevo proyecto, lo único que hace, es reducir el trabajo del juez y nada mas. Es muy ingenuo pensar que un curso de jardinería va a cambiar una conducta criminal o aun violador. Esto es una muestra mas de la falta de humanidad que le falta a nuestra justicia, donde el reo pasa a ser una molestia que se la quieren sacar de encima lo mas pronto posible y no digamos de la victima no se la tiene en cuenta para nada, aunque figure en el codigo de procedimiento, no se le informa nada, para ver al fiscal o el juez, es como ver a la presidenta y en muchos casos les es imposible o son maltratados.
    En fin tenemos que darnos cuenta que esto sucede porque en parte dejamos que suceda, no nos involucramos, solo cuando la tragedia nos alcanza, una tragedia que se puede evitar.-

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