viernes, 31 de enero de 2014

Cuatriciclos 2... La Seguridad Vial no se negocia!

Murió un nene en Pinamar en cuatri...

No fue nadie?
No es momento de buscar culpables?
Nadie puede hacer nada?
La culpa es solamente del padre?

Voy a empezar con una frase de pitágoras: "Educad al niño y no será necesario castigar al adulto"
Digo esto para que no me corran con que esto se cambia con educación, Hace años que defiendo eso y lo hago público, pero...
Escuchaba a las autoridades de Pinamar rasgarse las vestiduras diciendo que no pueden hacer nada y quiero discrepar, discutir y en caso que incumplan con su función pública, hasta me gustaría que algún fiscal actúe de oficio (ingenuidad la mía).

A saber: 
Juan Rodríguez, secretario gobierno y seguridad de la mencionada localidad costera, explicó que "es una zona privada a la que acuden muchos a andar en cuatris", y donde "la Municipalidad no puede actuar porque simplemente la persona a la que se le quiera realizar un control puede decir que esa no es un área de control". 
Acotación de quien escribe, menos mal que las personas no acuden al lugar para dispararle con balas de plomo a los arbolitos en la arena...
Señores pueden hacer porque son la autoridad que brinda permisos y pone las normas (salvo que haya alguna razón para que no $e controle)

En declaraciones a C5N, Rodríguez explicó "Es un vehículo importante, peligroso, de riesgo, (y quien lo maneja) tiene que tener algún grado de capacitación, registro para motos, usar casco y ser mayor. Hay casos de gente que compra un vehículo y lo cede para que lo manejen menores; eso no está permitido", prosiguió.
Acotación de quien escribe: También debe poseer: Cédula verde, SEGURO CONTRA TERCEROS y RTO... si no tiene esos documentos NO se puede circular (A menos que exista alguna razón para que e$to ocurra)
"ser mayor" ¿ Sabe de cuánto?... Registro... habrá querido decir LICENCIA: Habilitación.
Para cerrar, contó que "a través de los años está sucediendo cada vez menos (los accidentes), aunque este hecho es muy grave", y no quiso hablar de responsables: "No me parece momento de buscar culpables, porque es un momento muy doloroso".
Acotación de quien escribe: Estimo que no habla de responsables, porque en apariencia es muy feo hacer autorreferencia en una nota televisiva.
Por su parte, Alicia Majul, directora de Tránsito de Pinamar dijo que "la irresponsabilidad de los padres es tremenda", y que "en general los padres se ofenden y nos agreden". 
Acotación de quien escribe: Si se enojan, hay que detenerlos a los padres. Existe algo estimada funcionaria que se llama idoneidad: (Reunión de las condiciones necesarias para desempeñar una función)... si no la tiene, deje su puesto a alguien que sí.
CUATRICICLOS!! Técnicamente: (Así hablamos en difícil, pero entendiendo de qué hablamos)
Se los denomina ATV significa All Terrain Vehicle:
- No está definido por el articulo 5 de la ley Nacional de Transito y Seguridad Vial Nº 24.449.
- No se clasifica el articulo Nº 28 del decreto reglamentario Nº 779/1995.
- Existe la Resolución Nº 108/2003 de la Secretaria de Industria que establece que solo podrán circular en la vía publica cuando reúnan los requisitos técnicos necesarios reglamentado en la Resolución Nº 838/99. Sucede que estos vehículos no tienen definidas las condiciones técnicas de seguridad pasiva y activa, por ende la Secretaria de Industria no le otorga el certificado de Licencia de Configuración de Modelo (LCM), requisito ineludible para la Dirección Nacional del Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA) a fin de obtener la chapa patente y la cédula de identificación. 
- Es un bien registrable, se inscribe en la DNRPA con el fin de obtener el número de dominio y el titulo automotor correspondiente, no así la chapa patente y la cédula de identificación, requisitos necesario estipulado en el articulo Nº 40 de la Ley de transito para circular por la vía publica. 
- Asimismo en años anteriores muchos importadores ingresaban estos vehículos al país como maquinas agrícolas logrando de esa manera la inscripción en el registro con la entrega de la chapa patente y la cédula de identificación. Bien si es máquina agrícola lean las normas de circulación de máquinas agrícolas:
http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/30000-34999/30389/texactdto779-1995-anexoLL.htm
- Licencia necesaria clase A.2.1; Motocicletas
- Y por si fuera poco debe contar con la RTO (Revisión técnica obligatoria al día)
- Seguro contra terceros vigente!!!!!
Dejo en claro y soy crítico de la actitud de los padres que comenten el error producto muchas veces de la ignorancia supina y le compran y permiten usar un cuatri a los hijos...
Ahora: Estimadas "Autoridades":
Hagan un poco de autocrítica... Y si fracasaron en su función o no saben desempeñarla en materia de tránsito (no digo que sea el caso, claro), dejen el cargo ya que hay personas que al menos al turi$mo... No le ponen precio y mucho menos se cobran la vida de un chiquito...
LA #SEGURIDADVIAL NO SE NEGOCIA.


jueves, 30 de enero de 2014

Y???, ¿Qué esperábamos? -Cuatriciclos-

¿Es "normal" que se ande en Cuatri?¿Es "normal" que la autoridad haga primar un "negocio"?¿Es "normal" que se circule de a dos y de a 5?¿Es "normal" que un nene ande en estos bonitos vehículos?¿Es "normal" que se mueran sin sentido?

Hoy el desayuno deja una vieja noticia con personajes nuevos. 
No voy a ahondar demasiado en más de lo mismo, simplemente me quedo con un par de datos. un nene de 9 años era transportado por su pprimo de 15: Casco? "El chico fue llevado rápidamente al Hospital Comunitario de Pinamar en estado desesperante, luego de resultar herido en la cabeza con graves lesiones que finalmente le ocasionaron la muerte", se indicó.
Según los primeros acercamientos periodísticos el hecho fue en una zona conocida como “La frontera”, en el parador "El mas allá". Paradoja no?
La verdad solamente tengo preguntas y no me parece "normal" que se muera gente innecesariamente.
Repudio el uso de cuatriciclos en Pinamar hace tiempo y cualquiera que escucha alguna nota mía sobre el tema lo hago explícito SIEMPRE. Me parece nefasto que los intendentes locales no hagan NAAAAAAAAAAADA para no permitir el uso de esos bichos en cualquier parte de la ciudad. quizás les da ternura porque son tan "simpáticos" esos cuatris......
Los padres... No los de estos chicos... los padres que permiten estas barbaridades y las incitan, porque recordemos que un chico de 14 o 15 no tiene una tarjeta gold para comprarse un cuatri y llevarlo en un trailer propio hasta la costa.
Hay que aprender. Cada 15 días hay recambio turístico en Argentina durante el verano. A vos papi: Fijate si querés llevar el cuatri "Simpático" y "canchero" y...
A los intendentes zonales... Fíjense que conviene más si el NEGOCIO o la #SeguridadVial (La respuesta ya la sé)

jueves, 23 de enero de 2014

Otra vez llegamos tarde...

Una mujer sin licencia que no sabía manejar... Pero manejaba mató a una beba de 6 meses. Que alguien diga algo.

Una de las noticias del día de ayer sin dudas, fue la de una mujer de 45 años que en Loma Hermosa, San Martín en la Provincia de Buenos Aires. Estaba manejando un auto sin saber manejar y sin licencia. Repito: Manejaba sin saber manejar. No voy a empezar a hablar sobre lo que pasó, simplemente porque como escribía en el título, otra vez llegamos tarde, hay una nena de seis meses que no se va a recuperar, una familia que no será igual.
Quiero dejar algunos planteos sin ser verdades absolutas porque en Seguridad Vial no existen formulas mágicas. Pero SI  tengo algunos cuestionamientos y reflexiones:
Por un lado es evidente la falta de controles... y ya sé que me van a decir que no se puede controlar a todo el mundo (cómo se lo explicamos a la mamá de esa beba, no?), entonces, si no se puede controlar todo el tiempo a todo el mundo... Que me expliquen cuál es la política que se está llevando a cabo por parte del municipio en materia de Seguridad Vial??? Qué gestiones en materia de PREVENCIÓN vial se están implementando en esa zona???
Que digan algo...
Que me digan cuántas multas se labraron por ejemplo a conductores principiantes que conduzcan sin la letra "P" en la luneta trasera y en la parte delantera del vehículo como indica la ley!
Qué digan algo...
Que digan cuántas escuelas tienen docentes preparados para poder implementar Educación Vial (recordemos que debe ser materia por ley desde el año 1986, Ley 23.348)
Que digan algo...
Que cuenten de qué manera se entregan las licencias de conducir o sabés qué?, que me cuenten cuál es el predio municipal que tienen preparado para que las personas aprendan a manejar, pero...
Que digan algo...
No estoy hablando del uso de caso que supongo deben tener resuelto... Estoy hablando de gestión en materia de Seguridad Vial... (para eso deben estar los funcionarios... Para gestionar) La solución no es que deje su puesto el director de tránsito de San Martín solamente, la solución es pensar en cómo solucionar estos problemas. No sea cosa que se cambie un funcionario para que todo siga igual.

Aclaro, que no estoy defendiendo a la mujer de 45 años que manejaba sin saber manejar.
Es más lamento profundamente que en Argentina NO existan los delitos viales que desde hace tiempo tantos venimos diciendo que es una NECESIDAD, porque dígame usted que está leyendo, que le parece si le digo que esta señora en caso que la carátula sea Homicidio Culposo como seguramente lo será, no va a recibir una pena mayor a 5 años en el ultra, hiper, super mejor de los casos. Aunque si le dan 3 años podrá ser excarcelada, también le debería sacar la licencia el juez... Pero claro, no tenía licencia.
Por eso hablo de la necesidad que se trate de manera seria en Diputados y Senadores el tema de los delitos viales. En 2011 hubo un proyecto que perdió la media sanción conseguida en Senadores, porque los Diputados tuvieron cosas más importantes que tratar aparentemente y perdió estado parlamentario. Ahora hay un proyecto con media sanción en diputados que debe ser debatido y modificado para que sirva en Senadores. Habrá que esperar, estamos de feria. Pero estoy convencido que todos los actores de la Seguridad Vial debemos encolumnarnos tras una idea, un proyecto de ley en este aspecto dejando de lado los egos y pensando en darle herramientas a los jueces para que no sigamos hablando de la "Hiena", de "Cabello", de los "Borrachos de la ruta 11" y ahora le sumamos a una nena de 6 meses que se llamaba "Jazmin Minelli" quien con 6 meses cometió el delito de estar en la vereda estacionada en su cochecito y una mujer sin licencia y sin saber manejar, que manejaba la mató.
Espero que no se laven todos las manos. Soy consciente que otra vez llegamos tarde, pero... Que alguien, diga algo...

martes, 21 de enero de 2014

Bici-Moto, BicyMoto, Bici o Moto?

¿Qué es?
¿Necesito Licencia, cédula verde, chapas patente, seguro obligatorio para proteger a terceros, RTO y casco????

Para comenzar veamos que dice la ley acerca de la “bicimoto”, la bicimoto es…
… Es algo que no está contemplado en las leyes del país, empecemos entonces: ¿Por qué no es un ciclomotor o una moto?
No alcanza para ser ciclomotor porque la ley establece en sus definiciones que el ciclomotor es “una motocicleta de hasta 50 centímetros cúbicos de cilindrada y que no puede exceder los 50 kilómetros por hora de velocidad” (Ley N°24.449, Art. 5, ll).  Tampoco es una motocicleta ya que ésta, es definida como “todo vehículo de dos ruedas con motor a tracción propia de más de 50 cc. de cilindrada y que puede desarrollar velocidades superiores a 50 km/h” (Ley N°24.449, Art. 5, ñ)
El problema radica en que su motor no supera los 48 cc. de cilindrada y tampoco “desarrolla” más de 50 km/h., en teoría…
… Entonces ¿Es una bicicleta?
No, porque tiene motor y en lo que refiere a la Ley Nacional por definición una bicicleta es un “vehículo de dos ruedas que es propulsado por mecanismos con el esfuerzo de quien lo utiliza, pudiendo ser múltiple de hasta cuatro ruedas alineadas” (Ley N°24.449, Art. 5, g).
Según la ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley CABA 2.148, Cap. 6.10.2), una bicicleta es un ciclorodado de dos ruedas y un Ciclorodado es un vehículo no motorizado de dos o más ruedas, impulsado por mecanismos con el esfuerzo de quien o quienes lo utilizan.
La expresión “impulsado por mecanismos…” como así también el llamado “pedaleo asistido”, no hace referencia a que se pueda poner un motor para reemplazar el esfuerzo humano, ya que estos mecanismos en líneas generales no son más que un motor que “asiste” al esfuerzo muscular y esa asistencia se detiene cuando se superan los 25 km/h. o cuando se deja de pedalear.

Entonces si no es una bici y no es una moto… ¿Se necesita licencia de conducir?
No, actualmente en el mejor de los casos se debe circular con identificación personal ya que la legislación cuando clasifica las licencias, establece que la clase A de licencia de conducir es para ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados. Como se dijo anteriormente por definición no es un ciclomotor, entonces no se necesita licencia de conducir y “bastaría” circular solamente con el documento.
Como consecuencia y en virtud de lo expuesto, tampoco la cédula verde es necesaria para circular, ni la RTO (Revisión técnica obligatoria), ni las chapas patente y tampoco lo es el seguro contra terceros.

¿Qué edad se debe tener para utilizarlas?
Si es bicicleta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 12 años, en el resto de Argentina en líneas generales 16 años.
Si es ciclomotor, 16 años (pero recuerde que es necesaria la licencia de conducir)
Si es bicimoto… No se especifica…
Recuerde que tampoco se pueden llevar acompañantes

¿Se puede circular con bicimotos por cilcovías o bicisendas?
NO!
Como se explicó previamente, por definición no es una bicicleta y las ciclovías o bicisendas pueden ser utilizadas de manera exclusiva por bicicletas.

Pero hay otros problemas que son serios en referencia a este nuevo híbrido: La bicimoto, es un vehículo que cuenta con carburador, tanque de combustible, (Recordemos que el combustible es uno de los tres elementos del fuego, sumado al oxígeno y el calor), tiene un cilindro, motor de 48 cc., embrague, retenes, caño de escape, corte eléctrico, abrazaderas (porque se acelera manualmente).
Un tema relevante es que tampoco se puede exigir calidad en el armado siempre, ya que cualquier persona puede comprar un “Kit” que viene con un “manual de instalación”, que actualmente ronda entre la cuarta y quinta parte del valor de un ciclomotor de verdad y puede armarlo el mismo usuario, aunque hay locales que ofrecen el producto armado y hasta se pueden adquirir por internet e incluso con envío a domicilio!
 En fin… Realmente se ha convertido un vehículo de dos ruedas que estaba preparado para circular como máximo a 25 km/h., en un vehículo que llegará a una velocidad promedio de 50km/h, aunque sin dudas pueden desarrollar velocidades que superen ese límite. Nótese que si bien se hace referencia al modo de acelerar y mantener la velocidad, no se hace referencia a la forma de detener el vehículo, es decir, la bicicleta trae por defecto frenos que son apropiados para los 20 km/h, 25 km/h. que desarrolla, pero desde el punto de vista de la física, de la matemática, no tendrá la misma eficiencia de frenado, ese freno de bicicleta colocado sobre este nuevo híbrido llamado bicimoto, porque ese “freno” estaba pensado, colocado y preparado, para detener a una “bicicleta”, que viene a menor velocidad, con determinado peso y que tiene una estabilidad comprobada (una vez puesto el motor, la estabilidad, el peso y el centro de gravedad varían) y lógicamente no está listo para frenar de inmediato un vehículo a mayor velocidad que la antedicha. Ni siquiera nombraré por pudor al menos, que muchas veces el motor de estos artefactos, está colocado sobre bicicletas playeras que frenan contra-pedal.

Queda uno de los problemas que más dolores de cabeza me traen… ¿Y el Casco?
Es interesante: En bicicleta es obligatorio el uso de casco… Pero no hay quien homologue en Argentina los cascos de bicicleta, es decir, que cualquier “cosa” que se asemeje a un casco puesto en la cabeza en términos legales es “cumplir con la norma”, más allá que la función del casco no es “cumplir con la norma”, sino proteger el CPU de nuestro organismo que es nuestro cerebro.
Diferente es si la bicimoto se pudiese tomar como vehículo mayor a 50 cc., en ese caso si sería obligatorio un casco homologado bajo norma IRAM 3621, que cumple con diferentes pruebas y ensayos  que respaldan su correcto funcionamiento.
En definitiva….. Es obligatorio?
SI, después vemos que tipo de casco, pero en principio es obligatorio.
Entonces, si son tan peligrosas y no están dentro de la norma… Por qué se venden?
No existe ninguna ley que prohíba comprar y/o vender los kits para bicimotos, o la bicimoto misma. Algo similar ocurre con un cuatriciclo actualmente, que es un vehículo agrícola (por definición), aunque se venden en supermercados, pero eso será material de otro informe…

Consideraciones finales:
Vivimos en un país donde las distancias de algunas ciudades menores son pequeñas, donde con un litro de combustible se recorre con este vehículo 50km., donde el transporte público carece de efectividad en muchos casos o simplemente no existe, donde el valor de un kit para motorizar la bici es mucho más accesible que un ciclomotor. Pero…
… Vivimos en también en un país donde la incidencia de los muertos en tránsito que viajan sobre dos ruedas supera el 30% y en la medida que este tipo de vehículos gane la batalla de la calle, en la medida que nadie haga nada por reglamentarlos (optando por sacarlos o dejarlos cumpliendo ciertos y rigurosos requisitos de seguridad), en la medida que ni siquiera tenga la obligación de llevar un casco homologado que certifique protección, en la medida que no seamos conscientes que acelerar es fácil, pero frenar es más complejo, en la medida que nadie se haga cargo de nada, todos terminaremos teniendo un nuevo problema.
No debemos ser cómplices, debemos discutirlo y debemos difundir que la bicimoto en estas circunstancias será la sentencia de muerte y discapacidad de muchos de nosotros y  de muchos de nuestros hijos si no hacemos nada y no tomamos consciencia.  

Lic. Prevención Vial y Transporte.